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JEFATURA
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Alfredo
Ramón Pardo Acosta
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General
de División (EJ.)
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Misión |
| Asesorar
a la Dirección Superior del Gobierno Nacional en la formulación
de las políticas presupuestarias del país y en su correspondiente
programación, así como en el diseño, seguimiento
y evaluación de las acciones que estas políticas y programas
requieren para su cabal cumplimiento, inmersa en el proceso de regularización
de las finanzas públicas. |
| Funciones |
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1. |
Coordinar
la gestión de las diversas dependencias de la Oficina, mediante
la coordinación y administración de los recursos humanos,
materiales, financieros y tecnológicos, en sus interrelaciones
internas y externas, de conformidad con la delegación de atribuciones
otorgadas por el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas. |
| 2. |
Garantizar
la elaboración del ante proyecto de Ley de Presupuesto y la Ley
de Presupuesto para cada ejercicio fiscal. |
| 3. |
Conducir
el proceso de rectoría del Sistema Presupuestario Público. |
| 4. |
Velar
para que los organismos sujetos a la Ley Orgánica de Administración
financiera del Sector Público, apliquen correctamente la normativa
legal y de procedimientos del sistema de presupuesto público. |
| 5. |
Analizar
conjuntamente con el equipo técnico gerencial, los resultados
de la gestión presupuestaria-financiera de los sectores e instituciones
públicas y aplicar las sanciones que procedan de conforme a la
LOAFSP. |
| 6. |
Evaluar y consolidar la gestión presupuestaria-financiera global
de la Administración Pública. |
| 7. |
Coordinar
el diseño de programas y proyectos en relación con la
conducción de las políticas y programaciones presupuestarias
y negociar, el ámbito nacional e internacional y el financiamiento
correspondiente para la ejecución de los mismos. |
| 8. |
Participar
en la determinación de lineamientos de política presupuestaria,
en concordancia con la administración financiera del sector público,
en el marco de los sistemas de contabilidad, tesorería, crédito
público, tributos y administración de bienes. |
| 9. |
Cualquier
otra función que sea encomendada por el Ministro del Poder Popular
para las Finanzas y el Ejecutivo Nacional. |