DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTOS
DEL ÁREA PRODUCTIVA Y FINANCIERA

 

Misión
Coordinar el cumplimiento de las directrices técnicas generales del sistema presupuestario para el Sector Público, de los entes de la administración pública responsables de la ejecución de la política económica y financiera, en sus procesos de formulación, ejecución, evaluación programática, financiera y presupuestaria, para articular coherentemente los procesos de transformación nacional.
Estructura Programática

Dirección de Energía y Minas Dirección Económica Dirección de Agua y Saneamiento Ambiental Dirección de Infraestructura

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Funciones
1.
Coordinar las acciones asignadas a las Direcciones adscritas a la Dirección General de Presupuestos del Área Productiva y Financiera, en las áreas: económica, financiera; infraestructura, comunicación; energía, minas; agua y saneamiento ambiental.
2.
Velar el cumplimiento de los lineamientos técnicos, métodos, normas, procedimientos e instructivos implantados por la ONAPRE, en materia de formulación, ejecución, control y evaluación del presupuesto de los órganos y entes del Sector Público.
3.
Asesorar y coordinar el proceso de elaboración y análisis de los proyectos de presupuesto de los órganos del Sector Público (Título II y III de la Ley de Presupuesto).
4.
Evaluar y aprobar en Comité de presupuesto, los proyectos de Presupuestos de los entes descentralizados no incluidos en el Título III de la Ley de Presupuesto, para su consideración y aprobación definitiva en Consejo de Ministros, así como suministrar la asesoría técnica correspondiente.
5.
Revisar y proponer en coordinación con las Direcciones de Línea adscritas a la Dirección General de Presupuestos del Área Productiva y Financiera, las cuotas de las programaciones y reprogramaciones periódicas de compromisos que presentan los órganos del área, ajustadas a las disposiciones legales.
6.
Participar en el análisis y evaluación de los resultados de la ejecución de los presupuestos de los órganos y entes del área productiva y financiera, formulando las recomendaciones a que haya lugar, apoyando a la Dirección General Sectorial de Planificación, Programación y Evaluación de la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE).
7.
Participar en comisiones interinstitucionales, constituidas para atender las negociaciones de contratación colectiva de los Trabajadores del Sector Público, realizando recomendaciones presupuestarias que determinen la factibilidad de adquirir compromisos económicos por parte del alto nivel del gobierno en la toma de decisiones estratégicas.
8.
Coordinar la tramitación, análisis y aprobación de solicitudes de modificaciones presupuestarias: traspasos, créditos adicionales, insubsistencias, reducciones y rectificaciones al presupuesto, requeridas por los órganos y entes del Área Productiva y Financiera.
9.
Coordinar el análisis de los indicadores económicos-financieros y físicos de los organismos del Sector Público para el control de gestión operativa de los programas y proyectos del presupuesto anual.
10.
Promover charlas y talleres en materia presupuestaria para los organismos del Sector Público.
11.
Coordinar la elaboración de informes técnicos presupuestarios, requeridos por las diversas instancias del gobierno, sobre proyectos productivos y económicos, que ejecutan los organismos adscritos a la Dirección General de Presupuestos del área productiva y financiera.
12.
Participar en investigaciones en el área presupuestaria, para apoyar la toma de decisión en la gestión de la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE).
13.
Suministrar información en materia y registros presupuestarios, a las diversas dependencias de la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE), para la consolidación de información institucional.
14.
Coordinar el proceso de ajustes del Proyecto de Ley de Presupuesto, en los términos que acuerde la Asamblea Nacional.
15.
Participar con el Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Desarrollo y la Oficina Nacional de Crédito Público, en la revisión y análisis del Plan Operativo Anual Institucional y el Proyecto de Ley de Crédito Público (Ley Especial de Endeudamiento).
16.
Cualquier otra, cónsona con su naturaleza, que le sea asignada por la Jefatura de la Oficina.